Reglamento
Artículo 301 — Acumulación de solicitudes de anotación de una prevención de inexactitud extra registral — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO SEXTO
Saneamiento de las inexactitudes en la publicidad de origen extra registral
Artículo 301
Acumulación de solicitudes de anotación de una prevención de inexactitud extra registral
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Cuando se presentaren simultáneamente ante la Dirección del Registro Inmobiliario solicitudes para la anotación de una prevención de inexactitud extra registral De parte interesada o afectada, del Ministerio Público o del Organismo de Investigación Judicial, se acumularán para su trámite en un único expediente administrativo, siempre y cuando, exista identidad de los asientos registrales que se pretenden tutelar, prevaleciendo la causa administrativa más antigua.