Reglamento
Artículo 285 — Capítulo quinto: Publicidad de las inconsistencias detectadas en el levantamiento, actualización y mantenimiento de información catastral — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria y los medios de saneamiento
CAPÍTULO CUARTO
Procedimiento de gestión administrativa
Artículo 285
Capítulo quinto: Publicidad de las inconsistencias detectadas en el levantamiento, actualización y mantenimiento de información catastral
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
Publicidad de las inconsistencias detectadas en el levantamiento, actualización y mantenimiento de información catastral. Para el diligenciamiento de las inconsistencias detectadas entre la información publicitada en los asientos catastrales y registrales, o bien entre la confrontación de las realidades físicas y los asientos catastrales y registrales, que provienen del levantamiento, actualización y mantenimiento de información catastral, se tramitará un procedimiento administrativo a los efectos de advertir a terceras personas sobre la existencia de tales inconsistencias, y procurar el saneamiento de los asientos, en garantía de la publicidad y fortalecimiento de la seguridad registral inmobiliaria.