Reglamento
Artículo 246 — Aprobación de la restitución de información en los asientos registrales — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO TERCERO
Documentos inscribibles en el Departamento Inmobiliario Registral
CAPÍTULO SEXTO
Restitución de información en los asientos registrales
Artículo 246Verificando formato
Aprobación de la restitución de información en los asientos registrales
Vigente desde 24 de marzo de 2025 · texto SINALEVI
La restitución de información en las inscripciones incompletas o deterioradas se realizará confeccionando un nuevo asiento registral, en el que se transcribirá el derecho real de que se trate, sus respectivas cargas o gravámenes, y toda la información que se considere veraz y actual.
Deberán adicionarse a la inscripción restituida todos los datos o las anotaciones comprobadas de acuerdo con los documentos que hayan sido aportados al expediente.