Reglamento
Artículo 228 — Asignación del número de legalización — Reglamento general del Registro Inmobiliario
- Número
- 102850
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO TERCERO
Documentos inscribibles en el Departamento Inmobiliario Registral
CAPÍTULO QUINTO
Legalización de libros de condominios
Al inscribirse la constitución del condominio, la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Inmobiliario de forma oficiosa, asignará el número de legalización correspondiente, el cual se hará de conocimiento en la hoja de inscripción física o digital.