Reglamento
Artículo 28 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
De las Demoliciones
SECCIÓN I
Generalidades del proceso
Artículo 28
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Las obras de demolición y construcción deberán cumplir con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 39704-S del 29 de febrero de 2016 "Oficialización de la Norma para mitigar las molestias y riesgos a la salud de las personas por el polvo producido por la construcción de obras, tanto privadas como públicas"; así como lo establecido por el Ministerio de Salud en el Decreto Ejecutivo No. 39428-S del 23 de noviembre de 2015 "Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido" y sus reformas.