Reglamento
Artículo 18 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
De las Medidas de Seguridad
Artículo 18
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Para la utilización de los explosivos se debe:
- Tener por escrito un procedimiento de trabajo seguro.
- Señalizar el área de riesgo.
- Proteger el perímetro contra la proyección de objetos, con una malla de hierro de seis coma tres milímetros (6,3 mm) a cuatro coma ocho milímetros (4,8 mm), y de cero punto quince centímetros (0,15 cm) entre los puntos de soldadura.
- Reforzar la malla con una lona.