Reglamento
Artículo 175 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XV
Disposiciones Finales
Artículo 175
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Las normas aquí establecidas se deben aplicar a todas las construcciones que inicien el primer día posterior a la entrada en vigencia del presente Reglamento.