Reglamento
Artículo 172 — Reglamento general de seguridad en construcciones
- Número
- 85853
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XV
Disposiciones Finales
Artículo 172
Vigente desde 12 de febrero de 2018 · texto SINALEVI
Toda infracción al presente reglamento dará lugar a la aplicación de lo prescrito, tanto en los ordinales 309 y 310 como en el numeral 396 del Código de Trabajo vigente.