Reglamento
Artículo 41 — Reglamento General de los Riesgos del Trabajo
- Número
- 8296
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 41
Vigente desde 24 de marzo de 1982 · texto SINALEVI
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Consejo de Salud Ocupacional emitirá un Reglamento que regule su estructura administrativa y el régimen interno para su funcionamiento, así como también los reglamentos de salud Ocupacional sobre las diversas actividades laborales que requieren normas generales o especificas de seguridad e higiene en el trabajo.