Reglamento
Artículo 5 — De la creación de la Comisión Multinivel en Gestión Integral de Residuos — Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
- Número
- 74462
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
COORDINACIÓN DE ACCIONES
SECCIÓN II
Comisión Multinivel
Artículo 5
De la creación de la Comisión Multinivel en Gestión Integral de Residuos
Vigente desde 8 de abril de 2022 · texto SINALEVI
Se crea la Comisión Multinivel en Gestión Integral de Residuos que tiene como objetivo servir como espacio de coordinación, consulta, intercambio y asesoría para la construcción participativa y ejecución de los instrumentos necesarios para la aplicación de la Ley No. 8839 y sus reglamentos. La Comisión Multinivel se regirá para su organización y funcionamiento por lo establecido en el Libro Primero "Del Régimen Jurídico", Título Segundo "De los Órganos de la Administración", Capítulo Tercero "De los Órganos Colegiados" de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 "Ley General de la Administración Pública", concerniente a los Órganos Colegiados. La Comisión será coordinada por el Ministerio de Salud.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43450 del 8 de abril de 2022) (Así modificada la denominación de la sección anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43450 del 8 de abril de 2022)