Reglamento
Artículo 36 — Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
- Número
- 74462
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VII
FOMENTO A LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
Artículo 36
Vigente desde 4 de diciembre de 2018 · texto SINALEVI
Las municipalidades y concejos municipales de distrito pueden solicitar utilizar fondos provenientes del Fondo para la Gestión Integral de Residuos, indicado en el artículo 24 de la Ley No. 8839 del 24 de junio del 2010 "Ley para la Gestión Integral de Residuos", para proyectos de fomento para la gestión integral de residuos en sus comunidades.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41526 del 4° de diciembre de 2018)