Reglamento
Artículo 32 — Características de los registros administrativos — Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
- Número
- 74462
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA LA
Artículo 32
Características de los registros administrativos
Vigente desde 20 de mayo de 2013 · texto SINALEVI
Para garantizar la calidad de la información, los registros administrativos, como principales fuentes de los indicadores del SNIGIR, deben cumplir al menos con las siguientes características:
a. Fecha en que se consigna el dato;
b. Nombre de quien llena la información;
c. Unidades de medida y método de cálculo;
d. Responder claramente a las variables del indicador.