Reglamento
Artículo 13 — Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos — Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos
- Número
- 74462
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN PARA LA GESTIÓN
SECCIÓN I
GENERALIDADES
Artículo 13
Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos
Vigente desde 20 de mayo de 2013 · texto SINALEVI
La Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos, tendrá un plazo de vigencia de diez años y será actualizada cuando el ente rector lo considere pertinente.
Los demás instrumentos de planificación deben responder a dicha política y a la Ley No. 8839, con el objeto de establecer las estrategias necesarias para que se pueda desarrollar una gestión integral de residuos en el país.