Reglamento
Artículo 360 — Interpretación de la normativa — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XI
RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
La potestad disciplinaria tendrá como parámetros:
- La atención integral de la persona privada de libertad;
- El abordaje profesional de los problemas de convivencia;
- La aplicación de mecanismos alternativos, conciliatorios o de justicia restaurativa para resolver las diferencias entre las personas privadas de libertad; y
- La aplicación restrictiva de las sanciones previstas, procurando implementar aquellas medidas que posibiliten la permanencia de las personas privadas de libertad en el ámbito de convivencia y en el nivel de atención que por sus características le corresponda.
Este reglamento no se interpretará de forma extensiva ni recurriendo a la analogía contra los derechos de la persona privada de libertad.