Reglamento
Artículo 316 — Carné de identificación — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
TRABAJO VOLUNTARIO E INVESTIGACIÓN ACADÉMICA
CAPÍTULO ÚNICO
TRABAJO VOLUNTARIO E INVESTIGACIÓN ACADÉMICA
Toda persona que brinde servicios gratuitos en las dependencias de la Dirección General de Adaptación Social deberá portar un carné de identificación que será proveído por la administración penitenciaria para poder ingresar a las instalaciones de los centros, ámbitos o unidades del sistema penitenciario nacional o unidades administrativas.
Previo a la emisión del carné, es requisito indispensable que la persona haya sido autorizada de manera definitiva para ingresar al establecimiento penitenciario o unidad administrativa. Tendrá vigencia por el plazo establecido para el proyecto o investigación y podrá prorrogarse siempre que exista interés de las partes; para esto, se requerirá un informe del funcionario responsable.
El carné deberá incluir al menos los siguientes aspectos:
- Una fotografía reciente tamaño pasaporte;
- Nombre completo de la persona y denominación del grupo cuando así proceda;
- Número de documento de identidad vigente (cédula de identidad, cédula de residencia, cédula de refugiado, pasaporte, salvoconducto u otro documento con foto que resulte idóneo para su identificación);
- Horario de ingreso al centro, ámbito o unidad del sistema penitenciario nacional o unidad administrativa donde ejecutará sus labores;
- Fecha de emisión y vencimiento;
- Firma de la persona voluntaria;
- Firma de la dirección del centro, ámbito o unidad del sistema penitenciario nacional o del responsable de la unidad administrativa; y
- Sello correspondiente.
Si, por motivos ajenos al servidor voluntario o investigador, no se le ha proveído el carné, este podrá ingresar a las instalaciones institucionales durante un mes con un permiso especial extendido por la dirección del centro, ámbito, unidad o unidad administrativa.