Reglamento
Artículo 315 — Requisitos del plan de trabajo — Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
- Número
- 85709
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
TRABAJO VOLUNTARIO E INVESTIGACIÓN ACADÉMICA
CAPÍTULO ÚNICO
TRABAJO VOLUNTARIO E INVESTIGACIÓN ACADÉMICA
Cada persona o grupo que desee realizar labores de manera voluntaria o de investigación académica deberán presentar un plan de trabajo donde se contemple los siguientes aspectos:
- Nombre de la persona o agrupación que realizará el voluntariado o la investigación académica;
- Cédula jurídica o de identidad, según corresponda;
- Nombre del responsable del proyecto de voluntariado o de investigación académica, según corresponda;
- En el caso del trabajo voluntario, los objetivos que motivan a la persona o grupo a ofrecer sus servicios. Para realizar actividades no contempladas en la oferta de servicio, se deberá contar con la autorización expresa y por escrito de las autoridades competentes del centro, ámbito, unidad o unidad administrativa;
- En el caso de investigaciones académicas, los objetivos del trabajo de investigación aprobados por el responsable;
- Programa o cronograma de actividades que desea realizar, con el detalle específico de los días y horarios; y
- En el caso del trabajo voluntario, definir la población que se verá beneficiada con su participación.