Reglamento
Artículo 55 — Validez de los Títulos — Reglamento del Registro Público
- Número
- 55371
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
De la Función Registral
CAPÍTULO III
De los Documentos Registrables
La inscripción en el Registro Público no convalida los actos o contratos inscritos que sean nulos o anulables conforme a la ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 456 del Código Civil.
(Así corrida su numeración por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 28541del 6 de marzo de 2000, que lo traspasó del antiguo artículo 53 al 55 actual)