Reglamento
Artículo 23 — Obligación de comunicar la modificación de datos — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
Consideraciones generales
CAPÍTULO IV
Deberes y derechos del obligado tributario
SECCIÓN I
De la inscripción, modificación y desinscripción
Artículo 23
Obligación de comunicar la modificación de datos
Vigente desde 23 de enero de 2026 · texto SINALEVI
Los obligados tributarios deben comunicar toda modificación de los datos registrados en la inscripción indicada en el artículo anterior, únicamente en la forma y por los medios que determine la Administración Tributaria, vía resolución general, dentro del plazo de un mes en que se origina la modificación respectiva.
(Así reformado por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 39673 del 28 de enero del 2016)