Reglamento
Artículo 174 — Circunstancias determinantes de la calificación de una infracción — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO VII
Control Tributario Intensivo
SECCIÓN VII
Infracciones materiales del artículo 81 del Código
Artículo 174
Circunstancias determinantes de la calificación de una infracción
Vigente desde 2 de abril de 2014 · texto SINALEVI
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 81 del Código, las siguientes causales se entenderán de la siguiente manera:
- Existe ocultación de datos a la Administración Tributaria, cuando se produzcan las circunstancias previstas en el artículo 81 apartado 3 inciso a) del Código, aun cuando la Administración Tributaria pudiera conocer la realidad de las operaciones o los datos omitidos por declaraciones de terceros, por requerimientos de información o por el examen de la contabilidad, libros o registros y demás documentación del propio sujeto infractor.
- Existen asientos, registros o importes falsos en los libros de contabilidad o en los libros o registros establecidos por la normativa tributaria, cuando se reflejen hechos u operaciones inexistentes o con importes distintos a los reales.
- Existe omisión de operaciones cuando no se contabilicen o registren operaciones realizadas o se contabilicen o registren parcialmente, por importes distintos a los reales.
- Existe contabilización en cuentas incorrectas cuando, tratándose de libros de contabilidad o de libros o registros establecidos por la normativa tributaria, se anoten operaciones incumpliendo la normativa que los regula, de forma que se altere su consideración fiscal y de ello se haya derivado la comisión de la infracción tributaria.
- Son facturas, justificantes u otros documentos o soportes falsos o falseados aquellos que reflejen operaciones inexistentes o importes distintos de los reales y hayan sido el instrumento para la comisión de la infracción.