Reglamento
Artículo 100 — Especialidades de la notificación por fax — Reglamento de Procedimiento Tributario
- Número
- 76926
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Del procedimiento tributario
CAPÍTULO II
De la notificación
SECCIÓN IV
Notificación utilizando fax
Artículo 100
Especialidades de la notificación por fax
Vigente desde 2 de abril de 2014 · texto SINALEVI
La notificación por fax debe contener una portada diseñada al efecto con el número, hora y fecha de la resolución a notificar, el nombre de la oficina que tramita el caso, el número de expediente, el nombre de la parte notificada, la oficina o despacho al que se notifica; la indicación expresa de haberse practicado la notificación por medio de fax, el número de faxal que se transmite y en forma destacada, el número de páginas contenidas en el documento que se transmiten.
La notificación se acredita con el comprobante de transmisión emitido por el fax o con el respaldo informático.
El comprobante no requiere la firma de quien transmite, basta con indicar el nombre de la oficina que transmite. De la misma manera se procede cuando la transmisión se realice por medio de un servidor informático de fax.