Reglamento
Artículo 55 — Fraccionamiento — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Estatuto Policial
CAPÍTULO V
Vacaciones
Los servidores de la Policía gozarán, sin interrupción de su período de vacaciones. Sin embargo, por la naturaleza del servicio, podrá acordar con su superior inmediato su fraccionamiento.