Reglamento
Artículo 43 — Nombramiento originado en fraude — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Estatuto Policial
CAPÍTULO II
Curso Básico Policial Migratorio y Periodo de Prueba
A petición del Departamento de Personal o del Consejo de Personal, el ministro podrá ordenar la destitución inmediata del servidor, cuando se compruebe que su nombramiento fue producto de un fraude o de cualquier otro error material grave. El servidor destituido será notificado y oído, dentro de los tres días siguientes, para que exponga las alegaciones que estime pertinentes.