Reglamento
Artículo 33 — Reclutamiento y selección — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Estatuto Policial
CAPÍTULO I
Ingreso a la Policía y al Estatuto Policial
El reclutamiento y selección de personal se realizará en términos generales con arreglo a lo dispuesto por los artículos 65 y siguientes de la Ley General de Policía, y concretamente siguiendo lo dispuesto en el presente Reglamento. La Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Migración y Extranjería, informará a través de un medio de comunicación masivo nacional, del concurso externo iniciado para ocupar las vacantes en la Policía. Para estos efectos se entenderá por vacante aquel puesto que no se encuentra en la condición de propiedad en el régimen del Estatuto Policial.