Reglamento
Artículo 17 — Asesoría Legal Policial — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
La Asesoría Legal Policial tendrá las siguientes funciones:
- Asistir profesional y técnicamente al Director Policial en aspectos legales, relacionados con el control migratorio, ante situaciones específicas y de acuerdo con los conocimientos adquiridos propios de la especialidad.
- Asesorar jurídicamente al Director y Subdirector en los casos particulares que requieran de un criterio legal.
- Elaborar resoluciones de deportación, conminación, cancelación de turismo, intimaciones, a la luz de lo que dicta la normativa migratoria y conexa.
- Elaborar las resoluciones que resuelve los recursos de revocatoria, las cuales son enviadas a conocimiento y firma del Director General.
- Remitir al Tribunal Administrativo Migratorio los expedientes que presentan recurso de apelación, para garantizar el respeto al principio constitucional del debido proceso.
- Realizar informes sobre recursos de Habeas Corpus o Amparo, interpuestos en contra de la Dirección General de Migración y Policía Profesional de Migración, así como aquellos que sean requeridos para dar respuesta a otros órganos jurisdiccionales, la Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República, entre otros.
- Consultar en la Sala Constitucional, los votos de los recursos de Habeas Corpus o Amparo, interpuestos en contra de la Dirección General.
- Consultar en los diferentes despachos judiciales el estado de las causas pendientes de los extranjeros detenidos en el Centro de Aprehensión, mediante oficio, telefónicamente o apersonándose al despacho judicial, para coadyuvar con el Ministerio Público en su labor investigativa y evitar la deportación de un extranjero imputado en causa penal.
- Solicitar formalmente ante los juzgados penales el levantamiento del impedimento de salida del extranjero, cuando hayan cumplido la pena establecida, a fin de poder ejecutar la deportación.
- Elaborar informes para la Defensoría de los Habitantes, por interposición de denuncias de extranjeros ante ese órgano en contra de la Policía de Migración.
- Elaborar los informes que se requieran para la Asesoría Jurídica, tanto de la Dirección General de Migración y Extranjería, como del Ministerio de Gobernación, con motivo de los amparos de legalidad que se presenten ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
- Participar en la redacción y revisión de protocolos, reglamentos y/o manuales aplicables al control migratorio.
- Brindar capacitación, apoyo y asesoría técnica a los oficiales de la Policía de Migración.