Reglamento
Artículo 159 — Sesiones — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Hostigamiento Sexual
CAPÍTULO ÚNICO
La Comisión sesionará cada vez que ingrese una denuncia sobre el tema y extraordinariamente cuando sea convocada por la presidencia.
Para poder sesionar válidamente la Comisión debe estar reunida en pleno y las deliberaciones siempre serán privadas.