Reglamento
Artículo 15 — Subdirector Policial — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
El Subdirector será de nombramiento del Director General, deberá contar con el grado académico mínimo de Licenciatura en alguna de las carreras como Derecho, Criminología, Investigación Criminal, Criminalística, Ciencias Policiales, o aquellas carreras atinentes a la materia policial migratoria, según lo determine la Gestión de Recursos Humanos. Con seis años de experiencia en labores Profesionales y Policiales debidamente certificados, de los cuales al menos dos años sean de experiencia en supervisión de personal policial. El Subdirector de la Policía coadyuvará con el Director Policial en las labores que éste le asigne y lo sustituirá durante sus ausencias temporales.