Reglamento
Artículo 13 — Funciones de la Dirección Policial — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
La Dirección Policial tendrá las siguientes funciones:
- Velar por la correcta aplicación de la Ley de Migración vigente en lo que respecta al control migratorio, para lo cual deberá mantener un canal de comunicación constante y seguro con la Dirección General y la Dirección Regional.
- Aplicar control migratorio según lo dispuesto en la Ley de Migración vigente, el Reglamento de Control Migratorio y demás normativa conexa.
- Garantizar que los procedimientos se apliquen con pleno respeto a los derechos humanos.
- Colaborar con los demás cuerpos policiales en la seguridad ciudadana.
- Garantizar la aplicación de un control migratorio respetuoso de los derechos humanos.
- Garantizar la especialización permanente de la Policía Profesional de Migración, para ello realizará las coordinaciones que estime conveniente.
- Recopilar, evaluar, tratar, analizar y difundir la información de interés policial que permita el desarrollo de acciones policiales con eficiencia y eficacia, tanto en el plano estratégico como en el táctico.
- Mantener un registro de información documental en materia de interés policial.
- Fortalecer mediante convenios o políticas ya establecidas el intercambio de bases de datos, aplicaciones informáticas u otras que permitan mejorar y ampliar el control migratorio.
- Realizar diagnósticos con el fin de medir la eficacia y eficiencia de las operaciones policiales a través del análisis de la información.
- Realizar operativos preventivos, cuando éstos se realicen fuera del Gran Área Metropolitana, deberá coordinar con la Dirección Regional para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Migración vigente.
- Proponer y operacionalizar en conjunto con la Dirección Regional, lineamientos que refuercen la acción preventiva de la Policía de Migración, fortaleciendo las relaciones entre ésta y las comunidades.
- Promover el trabajo conjunto entre las diferentes unidades que conforman la Dirección Policial y la Dirección Regional con sus oficinas.
- Coordinar, supervisar y asesorar a las diferentes unidades policiales sobre la ejecución de acciones en materia de control migratorio.
- Asesorar y/o capacitar a los funcionarios de todo el país, así como a instancias particulares y organizaciones sociales que tienen vinculación con el ámbito migratorio, en coordinación con la Dirección Regional, sobre temas relacionados con materia migratoria, interrelacionando la normativa que regula este campo, así como las directrices que emite la Dirección General, sobre modificaciones y adaptaciones de los procesos de trabajo de la Policía de Migración; con la finalidad de fortalecer y unificar criterios y lograr la eficiencia en tiempo y oportunidad.