Reglamento
Artículo 127 — Requisito para graduación — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Estatuto Policial
CAPÍTULO XI
Adiestramiento y Capacitación
Será requisito para graduación en cualquier tipo de programa, haber aprobado la totalidad de las materias que lo conforman, con una nota no inferior a la establecida por la entidad educativa que imparta la capacitación, así como aprobar el entrenamiento dirigido en los cursos en que esto sea pertinente.