Reglamento
Artículo 117 — Reconocimiento del quinquenio — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Estatuto Policial
CAPÍTULO X
Incentivos Salariales
Al cumplirse cada quinquenio de servicio continuo, se otorgará un 5% sobre el salario base. El aumento regirá a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se cumpla dicho período. Para dicho cálculo, no se deducirán las vacaciones, tampoco los permisos con o sin goce de sueldo para realizar estudios, siempre que estos estén relacionados con la profesionalidad del puesto que desempeña. Para la ponderación del quinquenio, si el servidor ha presentado incapacidades superiores a un mes, salvo por motivo de licencia por maternidad, o permisos sin goce salarial no atinentes a cuestiones laborales, serán deducidas del período correspondiente.