Reglamento
Artículo 11 — Creación y organización de la Dirección de la Policía Profesional — Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería
- Número
- 76693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Policía Profesional de Migración y Extranjería
CAPÍTULO II
Estructura, Funciones, Atribuciones y Organización
SECCIÓN II
Organización
Artículo 11
Creación y organización de la Dirección de la Policía Profesional
Vigente desde 5 de marzo de 2014 · texto SINALEVI
Para el normal desarrollo de las actividades que corresponden a la Policía Profesional y en aras de fortalecer la seguridad ciudadana a través del control migratorio, se crea la Dirección de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, la cual contará con un Director y un Subdirector y además estará conformada por las siguientes unidades administrativas:
- Gestión Administrativa 1.1. Asesoría Legal Policial. 1.2. Archivo Policial Migratorio. 1.3. Unidad de Apoyo Administrativo.
- Gestión de Investigación, Análisis e Inteligencia Policial 2.1. Trata y Tráfico de Personas y Crimen Organizado. 2.2. Corrupción. 2.3. Matrimonios por conveniencia. 2.4. Documentación Fraudulenta. 2.5. Irregularidades Migratorias Internas. 2.6. Análisis e Inteligencia.
- Gestión Operativa 3.1. Unidad Policial de Apoyo Profesional. 3.2. Subproceso de Operaciones. 3.3. Subproceso de Denuncias. 3.4. Subproceso de Armerías. 3.5. Unidades Especializadas para la protección de los derechos de las personas menores de edad.
- Gestión de Centros de Aprehensión para Extranjeros en Condición Irregular.
Las unidades y subprocesos referidos en el presente artículo podrán habilitarse en cualquier parte del territorio nacional, a través de las Delegaciones y Oficinas Regionales, tomando en consideración el interés público y la necesidad institucional. Su establecimiento deberá ser coordinado con la Dirección Regional y aprobado por la Dirección General de Migración y Extranjería y Planificación Institucional.