Reglamento
Artículo 86 — Plazo de presentación de los estados financieros certificados — Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
- Número
- 95992
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
DE LA ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN
CAPÍTULO II
DE LOS CERTIFICADOS PARA EFECTOS TRIBUTARIOS
Artículo 86
Plazo de presentación de los estados financieros certificados
Vigente desde 17 de diciembre de 2021 · texto SINALEVI
Los declarantes que utilicen los servicios de contadores públicos para que les certifiquen sus estados financieros, deben indicar en su declaración que los estados financieros incluidos en ella, serán certificados posteriormente para efectos tributarios por determinado contador público autorizado, indicando su nombre.
Estos estados certificados deben ser entregados, a más tardar dentro de los cinco meses siguientes al plazo límite fijado por ley o el establecido especialmente por la Dirección, para la presentación de la declaración.