Reglamento
Artículo 51 — Del Régimen de Bienes Usados — Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado
- Número
- 88953
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IX
CONSIDERACIONES ESPECIALES
SECCIÓN III
Régimen especial de bienes usados
El Régimen Especial de Bienes Usados establecido en el Capítulo VI de la Ley, es un régimen de acceso y retiro voluntario, para los contribuyentes, personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, que se dediquen de manera habitual a revender bienes usados.
Los contribuyentes inscritos en el Régimen Especial de Bienes Usados determinarán el impuesto bajo las modalidades establecidas en el inciso 3 del artículo 31 de la Ley, conforme se desarrollan en esta Sección del Reglamento.