Reglamento
Artículo 69 — Requisitos para la solicitud de reposición de placas metálicas por robo del bien mueble — Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional
- Número
- 94073
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Trámites ante la Dirección de Servicios
CAPÍTULO CUARTO
Sobre las placas metálicas y el dispositivo de identificación
Artículo 69
Requisitos para la solicitud de reposición de placas metálicas por robo del bien mueble
Vigente desde 16 de julio de 2026 · texto SINALEVI
La persona usuaria debe:
- Aportar el acta de entrega definitiva emitida por el Organismo de Investigación Judicial, debidamente firmada y con el sello original, indicando que el automotor fue recuperado sin las placas metálicas y sin el DI, según sea el caso. Cuando en el acta de devolución no se indique expresamente que se entregó el automotor sin placa(s) y/o DI, se permite a la persona propietaria registral Rendir declaración jurada ante persona funcionaria acorde al 61 bis de este reglamento o, en su defecto declaración jurada notarial.
- Cumplir con los requisitos del artículo 61 de este reglamento, excepto lo indicado en el inciso e), f) e i).