Reglamento
Artículo 58 — Suscripción de convenios para la prestación de servicios — Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional
- Número
- 94073
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Trámites ante la Dirección de Servicios
CAPÍTULO TERCERO
Servicios de información de la Dirección de Servicios
SECCIÓN TERCERA
Sobre las bases de datos y los convenios
Artículo 58
Suscripción de convenios para la prestación de servicios
Vigente desde 2 de febrero de 2021 · texto SINALEVI
El RN podrá celebrar convenios con otras instituciones, a fin de que estas puedan prestar los servicios que el RN considere convenientes.