Reglamento
Artículo 55 — De los servicios digitales — Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional
- Número
- 94073
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Trámites ante la Dirección de Servicios
CAPÍTULO TERCERO
Servicios de información de la Dirección de Servicios
SECCIÓN SEGUNDA
Sobre los servicios del portal digital
En atención a lo dispuesto en la Ley de Creación del Registro Nacional, Ley Nº 5695, la Dirección de cada Registro puede autorizar la consulta y la Junta Administrativa la venta de los servicios que se deriven de las bases de datos y del Portal del RN.