Reglamento
Artículo 36 — Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional
- Número
- 94073
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEGUNDO
Trámites ante la Dirección de Servicios
CAPÍTULO TERCERO
Servicios de información de la Dirección de Servicios
SECCIÓN PRIMERA
Sobre los servicios digitalizados
Artículo 36
Vigente desde 16 de julio de 2026 · texto SINALEVI
Requisitos para emisión de certificación de índice de personas de propiedad intelectual, personas jurídicas; y certificación de índice de personas, actual e histórica, de bienes muebles e inmuebles. La persona usuaria debe:
- Realizar el pago correspondiente.
- Aportar el nombre completo y número de identificación de la persona usuaria cuyo índice se requiera.
- En caso de requerir la autenticación para el trámite de apostilla, debe realizar el pago adicional correspondiente.