Reglamento
Artículo 192 — Inicio del trámite en primer debate — Reglamento de la Asamblea Legislativa
- Número
- 46479
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS EXTRAORDINARIOS
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
SECCIÓN IV
TRAMITACIÓN DE UN PROYECTO CUANDO
Cuando el proyecto de ley esté dispensado de trámites, su conocimiento en primer debate iniciará con la explicación del proyecto por parte de los proponentes, de forma individual o en conjunto, por un plazo de 10 minutos.
Las mociones de fondo solo serán de recibo cuando se presenten desde el inicio del trámite en primer debate y durante los cuatro días hábiles siguientes a la sesión en la cual se dio el espacio para la explicación de los dictámenes. No obstante, si al momento de finalizada la explicación del proyecto ningún diputado o diputada ha presentado alguna moción de fondo, la Presidencia podrá iniciar la discusión por el fondo del proyecto de ley.
Durante el conocimiento del expediente, la Presidencia solo podrá admitir a partir del inicio de la discusión del proyecto dos mociones de orden por sesión. El resto de mociones de orden serán inadmisibles.
(Así adicionado mediante sesión N° 31 del 4 de marzo del 2019)