Reglamento
Artículo 271 bis — Reglamento de Control Migratorio
- Número
- 71185
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO DÉCIMO
Sanciones a Personas Extranjeras
CAPÍTULO CUARTO
Del Procedimiento de Expulsión
Artículo 271 bis
Vigente desde 26 de septiembre de 2011 · texto SINALEVI
No cabra recurso alguno contra la resolución que inicie el proceso de expulsión, en virtud de lo indicado en el inciso 1 del artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública.
(Así adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 44576 del 10 de mayo del 2024)