Reglamento
Artículo 26 — Reglamento de Control Migratorio
- Número
- 71185
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO CUARTO
Ingreso, Permanencia y Egreso
CAPÍTULO SEGUNDO
La Salida del País de Personas Menores de Edad
Artículo 26
Vigente desde 26 de septiembre de 2011 · texto SINALEVI
Todo lo relativo a la salida del país de las personas menores de edad, se regulará por lo establecido en el Reglamento para la Aplicación de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764 a las personas menores de edad.