Reglamento
Artículo 54 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
El Departamento
SECCIÓN V
Del Registro, Actualización y Desinscripción del Departamento
Artículo 54
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
En aquellos casos, donde exista una razón social con varios centros de trabajo y que por el nivel de complejidad o por la cantidad de personas trabajadoras, requiera registrar más de un Departamento, podrá inscribir mediante la plataforma digital vigente provista por la Dirección Ejecutiva del CSO, los Departamentos que considere pertinentes.