Reglamento
Artículo 53 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
El Departamento
SECCIÓN V
Del Registro, Actualización y Desinscripción del Departamento
Artículo 53
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
La persona empleadora debe mantener y registrar ante el Consejo, tanto a la persona encargada del Departamento, como a las demás personas que lo integran, mediante la plataforma digital provista por la Dirección Ejecutiva del CSO, la cual se encuentra ubicada en el sitio web oficial de la institución www.cso.go.cr. Dicho registro deberá realizarse dentro de un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir del momento en que se nombra la persona encargada del Departamento. En el caso de que la empresa forme parte de una corporación donde existan razones sociales distintas, cada una de ellas debe inscribirse en forma independiente.
Para que una persona pueda fungir como encargada del Departamento deberá estar registrada previamente en la base de datos de personas profesionales en salud ocupacional que al efecto mantiene la Dirección Ejecutiva del CSO. La persona interesada en formar parte de la lista de personas profesionales en salud ocupacional de la Dirección Ejecutiva del CSO, deberá enviar al correo electrónico notificacionescso@mtss.go.cr, la siguiente información:
a. Certificación del grado académico o título obtenido, expedida por la institución que lo otorgó, o bien, la persona interesada podrá apersonarse a las oficinas centrales del Consejo con el título académico a efecto de que la persona funcionaria ante la cual se presenta el requisito, confronte la copia con su original.
b. Tipo de identificación (nacional o residencia).
c. Número de identificación.
d. Nombre completo y apellidos.
e. Género.
f. Fecha de nacimiento.
g. Nacionalidad.
h. Correo electrónico (uno obligatorio y otro opcional).
i. Número telefónico (uno obligatorio y otro opcional).
j. Dirección exacta.
k. Grado académico, nombre de la carrera profesional, centro educativo.
l. Indicar si está o no, incorporada a un colegio profesional.
Una vez que la persona haya sido admitida dentro de la base de datos de personas profesionales en salud ocupacional de la Dirección Ejecutiva del CSO, podrá registrarse como persona encargada del Departamento. Los requerimientos de información al solicitar el registro del Departamento, así como el registro de la persona encargada y de las demás personas que lo integran, son los siguientes:
a. Datos del Departamento: nombre del Departamento, correo electrónico para notificaciones, centro de trabajo, clasificación de la actividad económica (sección, división, grupo y clase), descripción de la actividad económica.
b. Datos de la persona encargada del Departamento: número de identificación, nombre completo y apellidos, grado académico, correo electrónico para notificaciones.
c. Datos de las personas integrantes del Departamento: tipo de identificación, número de identificación, nombre completo y apellidos, sexo.
En caso de que la persona solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el presente artículo, su solicitud será resuelta de forma inmediata, mediante la plataforma digital provista por la Dirección Ejecutiva del CSO.