Reglamento
Artículo 24 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
La Comisión
SECCIÓN III
De la integración de la Comisión
Artículo 24
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
La persona empleadora debe informar a todas las personas trabajadoras el nombre y apellidos de las personas integrantes que conforman la Comisión, dentro de un plazo no mayor a los ocho (08) días naturales a partir de su constitución, por cualquier medio que disponga la persona empleadora.