Reglamento
Artículo 21 — Reglamento de comisiones y departamentos de salud ocupacional
- Número
- 105336
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO II
La Comisión
SECCIÓN III
De la integración de la Comisión
Artículo 21
Vigente desde 29 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
Queda prohibido representar a la persona trabajadora en la Comisión a las personas comprendidas en el artículo 5 del Código de Trabajo.