Reglamento
Artículo 20 — Normas aplicables — Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio
- Número
- 105605
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
Aspectos Técnicos del Condominio
En el diseño, construcción y funcionamiento de cualquier tipo de condominio deberán observarse en lo conducente, de acuerdo con la naturaleza de la propiedad en condominio, las disposiciones del plan regulador de la municipalidad respectiva, o normativa sobre desarrollo urbano vigente; la Ley de Aguas, Ley n.° 276, de 27 de agosto de 1942; la Ley de Construcciones, Ley n.° 833, de 2 de noviembre de 1949 y su reglamento; la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Ley n.° 2726, de 14 de abril de 1961; la Ley General de Salud, Ley n.° 5395, de 30 de octubre de 1973; la Ley Orgánica del Ambiente, Ley n.° 7554, de 4 de octubre de 1995; la Ley Forestal, Ley n.° 7575, de 13 de febrero de 1996; la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, Ley n.° 7600, de 2 de mayo de 1996; la Ley de Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, Ley n.° 7744, de 19 de diciembre de 1997 y su reglamento; y la Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Ley n.° 8228, de 19 de marzo del 2002 y su reglamento.