Reglamento
Artículo 28 — Reglamento a la Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad
- Número
- 86554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL
Artículo 28
Vigente desde 23 de mayo de 2018 · texto SINALEVI
Financiamiento del Programa para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad El Programa para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad se financiará de conformidad a lo señalado por el artículo 19 de la Ley N° 9379.