Reglamento
Artículo 74 — Verificación de Condición PYME — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO IV
CONTRATACIÓN PÚBLICA ESTRATÉGICA
SECCIÓN III
PARTICIPACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES) Y LAS COOPERATIVAS
En aplicación del artículo 23 de la Ley General de Contratación Pública, la entidad contratante verificará la condición PYME por los medios que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio disponga al efecto.
Para aplicar criterios de regionalización la Administración deberá establecer los métodos de verificación de la ubicación de la empresa y podrá apoyarse en la información que consta en el sistema digital unificado.
En lo que respecta a la generación de empleo local, la PYME que opte por el beneficio del puntaje adicional deberá acreditar por el medio que la Administración determine en el pliego de condiciones.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45782 del 8 de abril de 2026)