Reglamento
Artículo 303 — Plazo para emitir criterio — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
CAPÍTULO III
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El comité contará con un plazo máximo de seis semanas para emitir su decisión contado a partir de que se someta la controversia a su decisión, salvo que las partes contratantes y el comité de expertos pacten un plazo distinto, atendiendo estrictamente a las circunstancias del caso concreto, todo lo cual deberá constar en acto debidamente motivado.
En todo se buscará la celeridad y oportunidad en la toma de decisión.