Reglamento
Artículo 147 — Aspectos a considerar para la Licitación mayor con financiamiento — Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
- Número
- 98344
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS
SECCIÓN I
LICITACIÓN MAYOR
Artículo 147
Aspectos a considerar para la Licitación mayor con financiamiento
Vigente desde 1 de diciembre de 2022 · texto SINALEVI
Cuando el financiamiento provenga del oferente o de un tercero, a través suyo, la información contendrá al menos los siguientes aspectos, monto total, plazo, tasa de interés, gastos de formalización y comisiones. En estos casos, la Administración deberá prever en el pliego de condiciones, las reglas para comparar no sólo la tasa de interés y forma de pago del préstamo, sino también los costos asociados de éste, tales como, gastos de formalización y comisiones.
La falta de información de las condiciones del eventual préstamo no será subsanable, a menos que los valores estén consignados en la oferta y la documentación posterior se presente a título probatorio.
La propuesta de financiamiento proveniente de un tercero, deberá estar suscrita por persona autorizada para ello y contar con una vigencia similar a la estipulada para la oferta.
En caso de que la Administración adjudique la propuesta con financiamiento de un tercero, ello se indicará en el acuerdo de adjudicación, sin perjuicio de la formalización posterior del crédito.