Reglamento
Artículo 24 — Reglamento a la Ley Forestal
- Número
- 28693
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO SEXTO
De las Regencias Forestales
Artículo 24
Vigente desde 23 de enero de 1997 · texto SINALEVI
El monto de la póliza de fidelidad establecida en el artículo 21 de la ley, será de quinientos mil colones (C500.000,00). El monto se ajustará anualmente de acuerdo al índice de precios al por mayor.