Reglamento
Artículo 64 — Solicitud del permiso de importación de armas — Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos
- Número
- 75845
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
De las inscripciones y tipos de permisos
CAPÍTULO II
De los permisos
SECCIÓN VIII
Permiso de importación habitual de armas y municiones
Artículo 64
Solicitud del permiso de importación de armas
Vigente desde 17 de octubre de 2013 · texto SINALEVI
Las personas físicas y jurídicas que tengan vigente el permiso para importar habitualmente armas y municiones por cada importación que realicen de dichos productos deben solicitar el debido permiso la Dirección únicamente mediante El Sistema, utilizando el formulario electrónico disponible al efecto. La Dirección contará en el Sistema con información actualizada sobre ventas de munición, armas permitidas y existencias en bodega de cada establecimiento comercial, por su parte, cada establecimiento comercial deberá mantener al día la información relativa a dichos datos en El Sistema.